El Tribunal de Disciplinas de la Liga emitio el nuevo boletín que incluye las sanciones que ha inpuesto este cuerpo.
Algunas Sanciones
ARGUELLO, ALEJANDRO IND. DOLORES 1 PARTIDO/S
AGUILERA, HECTOR ATL. SAN BASILIO 1 PARTIDO/S
FABER, MAURO LUTGARDIS RIVEROS 1 PARTIDO/S
LEGUIZAMON, CESAR ACCION JUVENIL 1 PARTIDO/S
PERALTA, GONZALO SPORTIVO MUNICIPAL 1 PARTIDO/S
VIDAL, DAMIAN ATENEO VECINOS 1 PARTIDO/S
ROMERO, RAFAEL ATL. ADELIA MARIA 1 PARTIDO/S
LAPENA, RUBEN 3ª LUTGARDIS RIVEROS 1 PARTIDO/S
ARIZ, RODRIGO JULIAN 3ª LAUTARO RONCEDO 2 PARTIDO/S
JUGADORES DE DIVISIONES INFANTO JUVENILES SANCIONADOS
GIGENA, MAXIMILIANO 6ª LAUTARO, RONCEDO 1 PARTIDO/S
INTEGRANTES DE CUERPO TECNICOS Y COLABORADORES SANCIONADOS
MONTIEL, IVAR UTILERO LAUTARO RONCEDO 7 DIAS
INFORMACIÓN A LOS CLUBES DE JUGADORES QUE LLEGARON A LA 4ª TARJETA AMARILLA:
GIMENEZ, FEDERICO 1ªA LAUTARO RONCEDO
CABRERA, EMANUEL 1ªA L. RIVEROS (PREGUNTAR NUMERO DE CARNET
COMUNICADOS
RECEPCION DE NOTAS/DESCARGOS:
a) Se toma declaración en reunión EXTRAORDINARIA del día lunes 15 de septiembre a la hora 21:00 hs. a los Sres. Árbitros del partido disputado el sábado 06 de Septiembre de 2008 entre los clubes LUTGARDIS RIVEROS-INDEPENDIENTE DOLORES, Sres. PICCARDO MAYCO Y CEJAS FRANCO.-
h) Se recepciona nota del Sr. Presidente del club LUTGARDIS RIVEROS, UBALDO BRUSASCA.-
3) RESOLUCIONES:
a) Con respecto al pedido de reconsideración a la sanción impuesta en el Boletín oficial Nº25 al Sr. Presidente del Club LUTGARDIS RIVEROS, Dn. UBALDO BRUSASCA, este Honorable Tribunal Disciplinario RESUELVE: No hacer lugar al pedido y ratificar dicha sanción. Así mismo se encuentra a su disposición el expediente correspondiente para retirar copia por administración.-
d) Con respecto al partido suspendido el sábado 6 de septiembre de 2008 en 9ª división entre los clubes LUTGARDIS RIVEROS-INDEPENDIENTE DOLORES, este H.T.D RESUELVE: No reprogramar dicho partido y aplicar el ART.106 inc. g) y 152, registrando el resultado LUTGARDIS RIVEROS 0 (CERO)-INDEPENDIENTE DOLORES 1 (UNO), Y ART.80 inc. c) y ultimo párrafo del mismo ART. 80, con una multa de 65 v.e. al club LUTGARDIS RIVEROS.-
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http://perfilesdeportivos.googlepages.com/Boletin26-Fecha08.doc