Que dicen los Artículos
Art. 106 - PÉRDIDA DE PARTIDO - Pérdida de partido cuando el árbitro lo suspenda por alguno de
los siguientes motivos:
g) Cuando se produzca desorden o agresión en la cancha o entre el público asistente, promovido por
dirigente, delegado, jugador o integrante del personal técnico de uno o de los dos equipos.
Art. 152 - PERDIDA DE PARTIDO - RESULTADO QUE SE REGISTRA - La pena de pérdida de partido hace perder al equipo sancionado los tres puntos correspondientes al partido, el que se registrará con el resultado de cero gol, para el equipo castigado y un gol a favor para el otro equipo, o de cero gol para el equipo sancionado y para el otro equipo la cantidad de goles logrados en su favor si en el partido hubiera obtenido mas de uno.
La pérdida de partido por ambos clubes hace perder los tres puntos a cada uno de ellos, registrándose, en este caso, el resultado de cero gol a favor y un gol en contra a ambos clubes.
Estas disposiciones son de aplicación también cuando se adjudique puntos por inasistencia de equipo o por cesión de ellos.
La anotación en la tabla de posiciones respectiva debe hacerse inmediatamente después de publicarse el fallo disciplinario.
Boletín Completo
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